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Queda restringida la libre circulación, el comercio, las fiestas y celebraciones, y el Ministerio asume el mando de los Mossos, Ertzaintza y las policías locales de toda España

La rápida evolución de los los contagios del covid-19 ha obligado el gobierno a elevar la situación en España al Estado de Alarma y aplicar una serie de medidas para hacer frente a esta coyuntura.

Entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, exceptuando aquellas relacionadas con la limitación a la libertad de circulación, que no serán efectivas hasta el lunes 16 de marzo a partir de las 8.00 h.

Estas medidas están incluidas en un Real Decreto que entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, exceptuando aquellas relacionadas con la limitación a la libertad de circulación, que no serán efectivas hasta el lunes 16 de marzo a partir de las 8.00 h.

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ESTADO DE ALARMA

El incumplimiento del estado de alarma será sancionado aunque no se especifica la forma en la que se aplicarán las medidas coercitivas previstas.

Cerrado el resto de establecimientos:

Espectáculos públicos.

Esparcimiento y diversión.

Culturales y artísticos.

Otros recintos e instalaciones.

Deportivos.

Actividades recreativas:

De baile:

Deportivo-recreativas:

Juegos y apuestas:

Culturales y de ocio:

Recintos abiertos y vías públicas:

De ocio y diversión:

De hostelería y restauración:

 

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