Sendos juzgados de lo Social de Valencia y Alicante han requerido este jueves a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana para que provea de forma urgente de equipos y elementos de protección individual frente al Covid-19 a los centros sanitarios de ambas provincias. Los juzgados han estimado así las peticiones de medidas cautelarísimas formuladas por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos de la Comunidad Valenciana (CESM-CV).
En este auto, la magistrada replica los argumentos dados por el Juzgado de lo Social 31 de Madrid en una petición idéntica formulada por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS) y añade que «la misma situación fáctica y jurídica se da en la Comunidad Valenciana, y en concreto de la Provincia de Valencia, de la que tenemos conocimiento los ciudadanos –entre los que nos encontramos los miembros del Poder Judicial- a través de los medios de comunicación, dada la situación de confinamiento y restricción de libertad de movimientos derivada del estado de alarma». «Se trata, por lo tanto, de un hecho notorio y público, no necesitado de prueba, que los profesionales del ámbito de la salud pública están prestando servicios sanitarios con muchas dificultades para evitarla propagación de la enfermedad y el contagio en los propios profesionales de la sanidad debido a la falta de medios de protección, y dicha falta de medios es un riesgo no solo para la salud de tales profesionales sino la de los pacientes, los familiares y en general la ciudadanía», agrega.
El Juzgado de lo Social 6 de Alicante concluye que corresponde a la Conselleria garantizar la seguridad del personal médico y expone que «no cabe más que concluir en que las medidas de prevención requeridas por la parte actora se consideran absolutamente necesarias
«Alegada la pasividad de la Administración demandada en la dotación de medios de protección necesarios, lo que constituye un hecho negativo de prueba diabólica para la parte solicitante, corresponderá a la parte demandada acreditar, en su caso, que sí ha llevado a cabo las actuaciones pertinentes para dotar al personal sanitario de medios de protección eficaces frente a la pandemia», según indica.
La solicitud de adopción de medidas cautelares formulada en el presente caso se ha efectuado antes de presentarse demanda y por razones de urgencia y salud pública. El sindicato denuncia la falta de entrega de equipos de protección «que le permita trabajar en condiciones mínimas de protección de su derecho a la salud e integridad física, lo que puede suponer contravención o infracción de la normativa existente en materia de prevención de riesgos laborales e incluso ser constitutivo de ilícito penal».
La medida aprobada consiste en requerir a la Conselleria de Sanidad para que en un plazo breve, 24 horas, proceda a dotar a los centros sanitarios de material de protección, equipos de protección individual
Por su parte, el Juzgado de lo Social 6 de Alicante concluye igualmente que corresponde a la Conselleria garantizar la seguridad del personal médico y expone que «no cabe más que concluir en que las medidas de prevención requeridas por la parte actora se consideran absolutamente necesarias para que los médicos y titulares sanitarios puedan desarrollar sus funciones de atención y cuidado del paciente con unas mínimas condiciones de seguridad, con el fin de evitar el riesgo de ser contagiados o de incrementar el contagio, salvaguardando el derecho también del paciente a ser atendido adecuadamente».
Si bien el juzgado valenciano informa en su auto de que contra su resolución cabe «formular oposición» en el plazo de 10 días, el de Alicante expone que contra su resolución «no cabe recurso alguno», y anuncian que las medidas cautelarísimas acordadas quedarán sin efecto de no presentarse una demanda en el plazo de 20 días. EFE
Desearia que me hicieran llegar las sentencias que mencionan en su artículo
Hola:
En la noticia no se menciona ninguna sentencia. Se trata de un requerimiento a la Generalitat por parte del juzgado.
Un saludo