El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Héctor Illueca, ha afirmado que las entidades financieras «tienen la obligación de inscribir todos los inmuebles en desuso en el Registro de Viviendas Deshabitadas de la Generalitat». Así lo ha declarado durante la presentación del portal web del registro previsto en el decreto del Consell para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas.
La normativa pretende movilizar las casi 20.000 viviendas en manos de las entidades financieras en la Comunitat Valenciana
El pasado 1 de octubre, el Consell aprobó un decreto para movilizar viviendas vacías y deshabitadas que pretende desarrollar las previsiones contenidas en la ley 2/2017, de 3 de febrero por la Función Social de la Vivienda, relativas a la intervención de las administraciones públicas sobre viviendas deshabitadas y el fomento del alquiler de los inmuebles vacíos.
Se trata de una normativa «orientada a movilizar los casi 20.000 viviendas en desuso que se encuentran en manos de las entidades financieras en la Comunitat Valenciana», ha destacado Illueca.
El vicepresidente segundo presenta el portal web del registro previsto en el decreto del Consell para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas
La Vicepresidencia Segunda y la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, en su interés para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, ha desarrollado varias políticas entre las cuales tienen gran relevancia las dirigidas a favorecer el acceso y la ocupación de la vivienda, entendida como un derecho vinculado al desarrollo de una vida digna, en el marco del artículo 47 de la Constitución Española.
Después de meses de trabajo, hoy se ha presentado esta herramienta fundamental que, según ha explicado el vicepresidente, «nos permitirá no solo inventariar todas las viviendas vacías que existen en nuestro territorio, sino que también nos proporcionará unos datos fundamentales para mejorar la efectividad de las políticas de vivienda».
También ha comentado que se trata de la primera herramienta del decreto que se pone en marcha «para asentar la base normativa sobre la que la Generalitat fomentará la movilización de las viviendas en manos de las entidades financieras». Unos inmuebles que, en la actualidad, «se limitan a ser activos financieros en los balances contables de los bancos, incumpliendo su función elemental: proporcionar un hogar a quien lo necesite».
El decreto regula el procedimiento administrativo para la declaración de la vivienda deshabitada, la creación del Registro de Viviendas Deshabitadas y la regulación del procedimiento administrativo para la inspección y la imposición de las sanciones ante el incumplimiento de la función social de la vivienda.