La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado este martes una resolución judicial que ordena abrir juicio oral contra la exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana y exconsellera de Igualdad, Mónica Oltra, así como contra otros nueve implicados, por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales cometidos por su exmarido a una menor tutelada por la Generalitat en 2016 y 2017.
La decisión del tribunal provincial revoca el sobreseimiento provisional dictado anteriormente por el Juzgado de Instrucción número 15 de València, que en distintas fases del procedimiento había rechazado abrir juicio oral por falta de indicios racionales de criminalidad, incluso con el apoyo de la Fiscalía.
Según el auto de la Audiencia, el juez instructor “no puede negar a las acusaciones” la apertura de un juicio si existe la probabilidad de que los hechos sean considerados constitutivos de delitos. La Sala considera que existen indicios suficientes —valorados por las partes acusadoras— para que un tribunal de lo Penal analice si se produjo la omisión en el deber de perseguir e informar sobre los hechos a la Fiscalía de Menores y si se gestionó de forma irregular la protección de la menor.
La acusación se centra en la gestión del caso cuando Oltra dirigía la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas durante el gobierno del llamado Botànic. Se imputa que, pese a la tutela de la menor, la consejería no trasladó los hechos de forma inmediata a la Fiscalía competente y optó por abrir un expediente informativo “reservado” que podría haber retrasado o desactivado la intervención judicial.
Este avance procesal se produce después de varios años de enfrentamientos judiciales entre el juzgado de instrucción y la Audiencia Provincial, que ya había estimado recursos de las formaciones políticas Vox y Gobierna-te contra el archivo del caso.
Oltra, figura clave en la política valenciana, abandonó la actividad política en 2022 tras verse implicada en este procedimiento, y siempre ha defendido su inocencia, alegando falta de pruebas que la vinculen directamente con decisiones encaminadas a ocultar o minimizar los hechos. Su defensa argumentó que no existen indicios racionales que justifiquen la apertura de juicio oral en su contra.
La apertura de juicio oral no prejuzga una condena, pero supone que la causa llegará a la fase de juicio, donde se analizarán en profundidad las responsabilidades penales, las distintas versiones de los hechos y las posibles consecuencias jurídicas para Oltra y los otros acusados.