Aunque la familia tenga renta suficiente para la manutención y subsistencia del parado, el gobierno solo computará los ingresos del solicitante. El Tribunal Constitucional ha anulado el requisito exigido por Mariano Rajoy de que se tengan que tener en cuenta los ingresos de toda la familia para acceder al subsidio para este colectivo, una medida que buscaba limitar el acceso a esta ayuda a aquellos solicitantes cuyas familias tuvieran recursos suficientes. Con esta sentencia, ahora solo se tendrán en cuenta los ingresos del solicitante.
Así lo ha asegurado la Ministra Magdalena Valerio durante su intervención en la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el Congreso. Esta ayuda, que inicialmente se concedía a mayores de 52 años fue elevada a los 55 años en la reforma laboral por el Gobierno anterior. La ministra también ha dicho durante su comparecencia que su gobierno quiere volver a situar la ayuda en los 52 años.
La ministra ha anunciado que su gobierno quiere volver a situar la ayuda en los 52 años
La ministra ha anunciado esta medida después de que el Tribunal Constitucional haya declarado inconstitucional y nula una disposición legal del año 2013 que establecía como requisito para acceder al subsidio de mayores de 55 años el carecer de rentas familiares. De este modo, se vuelve a la situación inicial, en la que solo se tenían en cuenta las rentas personales a la hora de conceder o no el acceso al subsidio.
El fallo del TC, publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a raíz de un recurso presentado por el PSOE, declara inconstitucionales y nulas varias disposiciones del Real Decreto-Ley de 15 de marzo de 2013 sobre medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
Y a partir de cuando aplica esta sentencia de la corte Constitucional porque todavía en el SEPE la están exigiendo
Los de 52 años pueden solicitarla.