Este viernes 13 de septiembre, abogados/as y Procuradores/as se concentran en Alicante, ante la Subdelegación de Gobierno (Plaza de la Montañeta, nº 6 bajo el Lema “Pasarela al RETA 1 x1 y para todos/as” convocados por el Movimiento#J2 Abogacía y Procura. A la misma vez, en otras provincias de España, como Granada, Sevilla, Málaga o Córdoba se realizarán concentraciones y manifestaciones como antesala de la manifestación convocada en Madrid para el próximo día 28 de septiembre, con el mismo lema e igualmente, “Por Justicia social y Dignidad”.
La Abogacía y Procura, llevan más de un año, a través de Movimiento J2, reclamando una Pasarela al Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) desde sus Mutualidades, de obligatoria adscripción hasta el 1 de julio de 1996 para los/as abogados/as, fecha en la que dejó de ser obligatoria la adscripción a la MA, y hasta 2000 para los procuradores/as, al darse cuenta que, lo que les publicitaban desde sus respectivas Mutualidades respecto a las garantías de las rentas de jubilación no son tales y que se hablan de expectativas de derechos, por otra parte míseras.
Movimiento#J2 Abogacía y Procura quiere evidenciar ante la sociedad la situación de desprotección social absoluta sin derecho a pensión digna ni al resto de prestaciones del sistema público de la Seguridad Social
En esta situación se encuentra como ejemplo una abogada, que desea preservar su anonimato, de 66 años de edad y mutualista en la Mutualidad de la Abogacía- que gira ahora bajo la marca comercial Mutualidad- desde octubre de 1984. Tras pagar 39 años seguidos lo fijado por la propia Mutualidad y habiendo hecho aportaciones extraordinarias de mil euros a su fondo durante tres años, en octubre del año pasado le comunicó la Mutualidad que su derecho a renta vitalicia-pensión- era de 357 euros mensuales. En caso similar se encuentra otra abogada eldense, mutualista desde el año 1985 que habiendo pagado igualmente las cuotas fijadas por la Mutualidad sin realizar aportaciones extraordinarias, tiene una simulación de renta vitalicia de poco más de 300 euros. Y todo ello en tan sólo 15 años, 12 pagas, sin revaloración conforme al IPC. Lo mismo les ocurre a los Procuradores, que se jubilan hoy tras más de 30 años cotizando a su Mutualidad con pensiones inferiores a 400 euros/mes, en 12 pagas que no se revalorizará nunca, o que tienen previsiones de que su mutualidad a los 67 años les abonarán dentro de unos meses menos de 300 euros tras haber cotizado casi 40 años.
En el caso de los Procuradores, sobre todos de los más mayores, se da la circunstancia añadida de que durante décadas, además de la cuota fija establecida y cobrada por su Mutualidad, se vieron obligados a ingresar unas cantidades variables por cada singular procedimiento que llevaban, teniendo que adherir en las caratulas de sus demandas unos sellos de la Mutualidad de Procuradores, llamados “pólizas”, correspondientes a tales importes. Pues bien, esas cantidades que se estuvieron abonando obligatoriamente (so pena de suspensión del ejercicio profesional) no computan hoy día como parte de su capital acumulado a efectos de pensión de jubilación. Si le añadimos que los Procuradores estuvieron cotizando en un régimen de capitalización colectiva durante 8 años más que los propios abogados, hasta 2013, tras el pase al de capitalización individual, la consecuencia es que se ven aún más condenados a recibir unas pensiones de jubilación indignas y miserables, inferiores a una no contributiva de la Seguridad Social, habiéndose permitido que se creara esta situación nefasta por los órganos estatales encargados de legislar y velar para que no se incumpliera en este Estado de Derecho de esta forma tan fragrante el derecho constitucional a una pensión digna que garantiza a todo ciudadano el art. 50 de la Constitución Española. Movimiento#J2 Abogacía y Procura quiere evidenciar ante la sociedad la situación de desprotección social absoluta sin derecho a pensión digna ni al resto de prestaciones del sistema público de la Seguridad Social, sin que se haya dado la oportunidad real de optar por un sistema alternativo al de la Mutualidad, que hasta el año 1996 era obligatorio junto con la colegiación para la Abogacía y hasta el año 2000 para la Procura, teniendo en cuenta además que, si se realizaba el cambio al RETA, se perdía todo lo aportado así como los años cotizados hasta enero de 2006 para abogados y el fondo solo se podía rescatar una vez cumplido la fecha posible de jubilación, permaneciendo “ cautivo” en las Mutualidades hasta la dicha fecha, como sigue ocurriendo en la actualidad. La propuesta de Pasarela al RETA de #MovimientoJ2 desde las Mutualidades defiende que cualquier mutualista activo/a podrá elegir continuar en la Mutualidad u optar por trasladarse al RETA, siendo sus derechos económicos en las Mutualidades trasferidos a las arcas del Estado y reconociéndose los períodos en los que se hayan realizado aportaciones a la Mutualidad como períodos de cotización al Reta, años, meses y días. Para ello se tomará como base de cotización la que corresponda a la base de cotización mínima del RETA de cada mes, desde el correspondiente a la fecha de su incorporación a la Mutualidad a la del mes de su traslado/integración al RETA.
Los excesos de aportación mensuales a la Mutualidad, bien por superar la cuota mínima del RETA, bien por haber realizado aportaciones extraordinarias realizados por los/as mutualistas activos/as podrán, a elección de éstos/as ser tratados bien como aportaciones al plan de pensiones complementario, bien como incrementos de las bases de cotización en los meses correspondientes y, si excediere, en los meses posteriores hasta el agotamiento de la cantidad excedente. En el caso de los/as abogados/as procuradores/as se encuentren ya en el RETA habiendo sido mutualistas alternativos/as, deberán reconocérseles las aportaciones que hayan realizado a la correspondiente mutualidad como idénticos períodos de tiempo cotizados en el RETA, computándose a los efectos de percibir la pensión de jubilación, los años de aportaciones a la Mutualidad, sumándose a los años cotizados en la Seguridad Social. En el caso de los/as abogados/as y procuradores/as pasivos, se les debe reconocer el derecho a una pensión contributiva mínima de la Seguridad Social y si se viniera percibiendo en cuantía superior, que le fuera reconocida en dicho importe por el Estado.
En caso de incapacidad permanente y dependencia, mismos derechos laborales que los trabajadores en SS. Consideran que el Estado ha sido responsable al no supervisar, como está entre sus obligaciones el respeto a los derechos sociales, entre los fundamentales las pensiones dignas, de estos profesionales permitiendo que las mutualidades llevaran a estos profesionales a esta lamentable situación. Sin embargo, el Estado queriendo regular la situación irregular a la que han llegado abogados y procuradores, así como otros profesionales que tienen la mutualidad como sistema alternativo al Régimen de Trabajadores Autónomos, reconoce que el sistema mutualista es fallido y que hay que protegerlos, motivo por el que se anunció en su día por la ministra de Inclusión y Seguridad Social que había que dar una solución a abogados y procuradores porque sus pensiones que no alcanzan más de 300 o 400 euros mensuales, y que dicho sistema deberá desaparecer, fijando fecha para ello en el año 2027. Sin embargo, la pasarela al RETA que el Gobierno ofrece es una Pasarela voluntaria para todos de aquellos profesionales dados de alta en sus mutualidades HASTA AÑO 2005 para abogados y 2012 para procuradores, que acrediten su vulnerabilidad, si bien es cierto que SUMAR y el Grupo Mixto (Podemos) han presentado enmiendas a favor de una pasarela justa para abogados y procuradores: Un año de cotización en las mutualidades, un año en el RETA.
Para el Secretario de Estado, Borja Suárez, explicó el pasado mes de agosto, en una reunión mantenida con el Movimiento #J2 y otras asociaciones, según fuentes del movimiento, que la propiedad de un piso, vivienda habitual del abogado y procurador, ya hace que no sea vulnerable porque pudo haber cotizado en el RETA y no en la mutualidad en lugar de invertir en bienes inmuebles. Para el Movimiento #J2 el Secretario de Estado olvida que para cobrar una pensión no contributiva o el IMV o la renta de inserción, la vivienda habitual no es tenida como requisito para ello, que la pensión no contributiva es compatible con el IMV (fijado en 2024 en 853 euros mensuales) por lo que se preguntan si los abogados y procuradores son trabajadores o ciudadanos de segunda, que no merecen la misma protección que otros profesionales. Hay que recordar que tanto abogados como procuradores han pagado las cuotas para prestaciones de jubilación que se establecieron en sus mutualidades además de sanidad privada hasta el año 2011 porque no tenían sanidad pública, así como han contribuido con el pago de impuestos al sostenimiento público del sistema de las pensiones, pagando cuotas más elevadas que las cuotas mínimas del RETA. Para concienciar al Estado, el Movimiento #J2 ha informado que abogados y procuradores, junto con otros profesionales, van a manifestarse el próximo 28 de Septiembre por las calles de Madrid, ante el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, y realizarán cuantas acciones puedan llevar a cabo para concienciar al Gobierno y al resto de partidos políticos para que con carácter urgente regulen una pasarela para todos, sin excepciones, y en unas condiciones suficientes que garanticen unas pensiones dignas habiéndose realizado ya por esta grave problemática otras dos anteriormente el 3 de febrero y el 13 de abril, con miles de participantes.
