Policía Nacional INVESTIGADORA
Está tipificado en el artículo 308 del Código Penal, y castiga a quien obtenga subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas, mediante el uso de documentos falsos o engañosos, ocultando información o incumpliendo con los requisitos solicitados para su adquisición

El delito de fraude de subvenciones afecta al tesoro público y al sistema de redistribución de recursos, por lo que se considera especialmente grave.

Está tipificado en el artículo 308 del Código Penal, y castiga a quien obtenga subvenciones o ayudas de las Administraciones Públicas, mediante el uso de documentos falsos o engañosos, ocultando información o incumpliendo con los requisitos solicitados para su adquisición.

El Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, define el delito de fraude de subvenciones como aquel que consiste en obtener subvenciones o ayudas de las administraciones públicas por un valor superior a cien mil euros, adulterando, falsificando u ocultando, las condiciones requeridas para su concesión.

También lo define como un delito consistente en aplicar los fondos recibidos por las Administraciones Públicas, incluida la Unión Europea, a fines distintos a aquellos por los que fueron otorgadas.

El bien jurídico protegido, así como el sujeto pasivo, de este delito es la aplicación de gasto de Hacienda Pública, un bien común.

El sujeto activo, en cambio, será quien obtenga la subvención de manera fraudulenta o haga uso de ella para otro fin, por lo que no se trata de un delito que pueda ser cometido por cualquier persona. Sin embargo, también se exige responsabilidad penal a terceros que hayan participado en la conducta delictiva, como asesores fiscales, inductores o cómplices.

Características del delito de fraude de subvenciones

Este delito se caracteriza, principalmente, por tratarse de un delito de resultado, porque se requiere la obtención de una subvención o ayuda por parte de las Administraciones Públicas. En el caso de tratarse de un intento por obtener dichas subvenciones, se estaría ante un delito de tentativa.

Ahora bien, en lo que respecta a la segunda modalidad de este delito, se estaría frente a un delito de mera actividad, pues no se precisa ningún resultado sino únicamente la mera alteración de los fines. Sobre todo, porque afecta el bien jurídico protegido que es, en este caso, una distribución equitativa de los recursos públicos.

Asimismo, al no estar contemplada su comisión de manera imprudente, se califica como un delito doloso.

Por otro lado, el objeto material del delito son las subvenciones, las ayudas públicas, las desgravaciones, los premios o las primas. Pero, se excluyen los beneficios fiscales.

¿A partir de qué cantidad se considera delito?

Antes de la reforma efectuada a través de la LO 1/2019, de 20 de febrero, el importe defraudado debía superar los 120.000 euros, pero en la actualidad la cuantía establecida en el Código Penal es de 100.000 euros.

¿Cuál es la pena para el fraude de subvenciones?

Tipo básico del delito de fraude de subvenciones

En el apartado 1 del artículo 308 del Código Penal, se describe el tipo básico del delito de fraude de subvenciones, para el cual, la normativa establece las siguientes sanciones:

  • Pena de prisión de 1 a 5 años.
  • Multa de tanto al séxtuplo de su importe.

Asimismo, quien cometa esta conducta perderá la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, así como el derecho a disfrutar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, durante un periodo de tiempo de 3 a 6 años.

Sin embargo, se podrá evitar la penalidad si se produce el reintegro de la cantidad recibida, según los términos estipulados en el apartado 6 de dicha normativa.

Las mismas penas serán aplicadas a quien, en el desenvolvimiento de una actividad sufragada total o parcialmente con fondos de las Administraciones Públicas, los emplee a fines distintos de aquellos para los cuales fueron otorgados. Con la excepción de que lleve a cabo el reintegro de la cantidad recibida.

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